Asesoría Corporativa
Podemos Ayudarle
Nuestra especialidad se centra en empresas y en lo relacionado con ellas desde un punto de vista administrativo-legal, es decir, las distintas clases de sociedades o asociaciones, así como de las personas físicas con actividad empresarial ya sea como actividad preponderante o aislada, la relación de la empresa con los consumidores, autoridades administrativas y fiscalizadoras así como la contratación mercantil. Nosotros le podemos ayudar con:

Asesoría Preventiva
Consultoría Legal de Proyectos
Construcción y Administración de Sociedades Mercantiles y Asociaciones Civiles
Asambleas
Clausuras
Elaboración de Contras de Incumplimientos de los Mismos
Procedimientos Administrativos ante Autoridades
Asesoría y constitución de toda clase de sociedades mercantiles y civiles, con base en las necesidades societarias y comerciales de nuestros clientes, dando especial importancia a los efectos fiscales de cada tipo de sociedad.
FAQ
Las preguntas y respuestas más frecuentes
El Servicio de Asesoría Jurídica, se presenta como otra más de las prestaciones del Servicio de Información Orientación (SIO), que se desarrolla en abogado-enlinea.com, a la vista del incremento en la demanda de información de carácter jurídico solicitada por los usuarios.
Muchas personas tienen consultas de tipo jurídico en distintos ámbitos (laboral, familar, administrativo, penal, civil o fiscal, o de derecho digital e informático).
abogado-enlinea.com ofrece un servicio de asesoría jurídica coordinado y supervisado por un Abogado especializado en la atención de las consultas legales más frecuentes con las que se encuentran en su día a día las personas afectadas por situaciones legales y sus familiares. Igualmente este servicio proporciona un asesoramiento legal a las entidades que son socios de abogado-enlinea.com y que representan y defienden los intereses de las personas.
El Servicio de Asesoría Jurídica de abogado-enlinea.com atiende los casos derivados de controversias o disputas de carácter jurídico.
El Servicio de Asesoría Jurídica de abogado-enlinea.com proporciona unas recomendaciones de actuación en el ámbito legal dando un enfoque de la cuestión el objeto de la consulta.
Las materias que más frecuentemente se atienden desde el Servicio de Asesoría Jurídica pueden encuadrarse en cuatro categorías principales:
Materias relacionadas con el Derecho Administrativo: reconocimiento o revisión de grado de la diferencias legales entre entidades de la administración pública y su relación con personas privadas
Materias relacionadas con el Derecho Laboral y Seguridad Social: reconocimiento de la incapacidad laboral, prestaciones contributivas o no contributivas de la seguridad social, prestación económica por hijo , jubilación anticipada para personas con discapacidad, adaptación y/o cambio de puesto de trabajo, reducción de jornada laboral, etc.
Materias relacionadas con Derecho Civil y Fiscal: Donaciones y herencias, cobertura y condiciones de acceso a seguro privado médico, patrimonio protegido, procedimiento de incapacitación, donaciones, obligaciones fiscales y contables de las Asociaciones, Protección de Datos de carácter personal, etc.
Materias relacionadas con Derecho Asociativo: Elección de la modalidad asociativa, trámites previos y procedimiento de constitución, preparación e inscripción en Registro de los Estatutos y Acta Fundacional, modificaciones estatutarias, renovación de cargos de Junta Directiva, Reglamento de Régimen Interno, constitución e inscripción de nuevos establecimientos, etc.
En función de los recursos humanos disponibles y del número global de consultas recibidas, el Servicio de Asesoría Jurídica procurará contestar las consultas recibidas en un plazo orientativo no superior a 15 días laborales.
La orientación jurídica que se ofrece es profunda y completa, pero en ocasiones para obtener una resolución favorable más allá de las posibilidades que proporciona la fase administrativa, se hace necesario dar un paso más y acudir a la vía judicial.
Llegados a ese punto, desde el Servicio de Asesoría Jurídica, se ofrecerá y propondrá el seguimiento de la pretensión en fase judicial canalizando la consulta a servicios de abogacía pro bono o, si se cumplieran los requisitos para ello, informando y asesorando sobre el procedimiento y acceso al derecho de asistencia justicia gratuita.
Para los casos que ya se encuentren en el trámite judicial y/o para aquéllos en que el caso ya estuviera en manos de un abogado/a, con el único objetivo de alcanzar mayores posibilidades de éxito, el Servicio de Asesoría Jurídica de abogado-enlinea.com ofrece su disponibilidad para que el abogado/a que esté llevando el caso, si lo estimara oportuno, pueda contactar con la Asesoría Jurídica de abogado-enlinea.com para poder así intercambiar impresiones, opiniones sobre una posible estrategia legal, enfoque y argumentación jurídica del caso.
Todas las entidades miembros de abogado-enlinea.com podrán utilizar el Servicio de Asesoría Jurídica de abogado-enlinea.com para resolver las consultas legales que sus asociados les hayan planteado.
Igualmente, las entidades miembros de abogado-enlinea.com podrán efectuar consultas legales relacionadas con su actuación en el día a día. Así, podrán recibir asesoramiento, a título de ejemplo, sobre las siguientes materias: modificaciones estatutarias, renovación de cargos de Junta Directiva, Reglamento de Régimen Interno, constitución e inscripción de nuevos establecimientos, protección de datos de carácter personal, voluntariado, etc.
Con bastante frecuencia, las entidades miembros de abogado-enlinea.com requieren un asesoramiento en materia fiscal o nos solicitan contacto de alguna entidad que pueda ayudarles en la llevanza del día a día de sus asuntos contables o la tramitación y obtención de la declaración de utilidad pública.
Desde abogado-enlinea.com se ha querido dar respuesta a esta demanda y por ello se han formalizado diversos convenios con varias asesorías fiscales y/o gestorías que podrán atender estas demandas pudiéndose beneficiar los socios de abogado-enlinea.com de unas condiciones económicas más ventajosas por el hecho de acreditar la pertenencia a abogado-enlinea.com.
Así, los socios podrán acudir a estas entidades para la resolución de las consultas del día a día relacionadas con estas materias, para la llevanza de los asuntos relacionados con la contabilidad y otras obligaciones fiscales de tipo legal o también, si así lo requirieran, para la tramitación de la solicitud y obtención de la declaración de utilidad pública.
Para mayor información al respecto, podrá consultar los términos y condiciones de dicho servicio adicional en la sección de esta página web de servicios a socios.
Con el único objetivo de proporcionar una atención de mayor calidad a los usuarios, el Servicio de Asesoría Jurídica podrá proponer a sus usuarios, una vez analizada la viabilidad legal de la pretensión, la derivación de aquéllas consultas para cuya adecuada atención son más que convenientes unos conocimientos especializados.
Actualmente, las materias sobre las que pueden versar estas derivaciones son la Incapacidad laboral permanente y los asuntos relacionados con posibles negligencias médicas o mala praxis.
Para canalizar estas consultas, abogado-enlinea.com ha formalizado diversos convenios de colaboración institucional con varias entidades especializadas para que sean dichas entidades quienes puedan gestionar estas peticiones ofreciendo a nuestros socios unas condiciones económicas más ventajosas por el hecho de ser usuarios del Servicio de Asesoría Jurídica de abogado-enlinea.com.
Dichas entidades especializadas prestan sus servicios en todo México, Estados Unidos por lo que están en disposición de poder llevar cualquier asunto, independientemente de la comunidad autónoma en la que se resida.
Las condiciones de la prestación del servicio serán siempre las que pacten la entidad especializada y el socio de abogado-enlinea.com, permaneciendo abogado-enlinea.com completamente al margen de dicha relación.
La importancia de reclamar por escrito ante la Administración Pública
Sólo si reclamas por escrito la Administración pública estará obligada a contestarte dentro de un plazo.
Sólo si reclamas por escrito la Administración pública estará obligada a contestarte de forma razonada y motivada (justificando en caso de denegación).
- Obliga a las distintas administraciones públicas (Seguridad Social, ayuntamientos, servicios públicos de salud, etc, etc) a contestar en un plazo máximo
- Si, pasados los plazos, la Administración pública no te contestara, se entenderá que se te ha concedido el derecho solicitado. Es lo que se entiende por “silencio positivo”
Por lo tanto, ahora más que nunca: Verba volant scripta manent: (Cita latina tomada de un discurso de Cayo Tito al Senado romano) O dicho de otra forma “Lo escrito, escrito está” “las palabras se las lleva el viento.”
No valen las reclamaciones verbales. Es necesario dejar constancia escrita de nuestra reclamación.
- Datos identificativos. En el encabezado del escrito. Datos identificativos del solicitante (si actúas en nombre propio o en representación de tercera persona y también domicilio a efectos de notificaciones) Y también datos identificativos del destinatario de la reclamación (los encontrarás en la denegación que recurres o te los proporcionará el servicio que consideras ha de concederte el derecho)
- Identificar la resolución que recurres (si estás contestando contra una denegación que tienes por escrito) o el derecho que se te ha denegado o el derecho cuyo ejercicio solicitas.
III. Relatar los hechos, ordenados cronológicamente, aportando pruebas de veracidad de los más relevantes, en la medida de lo posible.
- Fundamentar por qué consideras que tienes derecho a que se te conceda lo que estás pidiendo (los llamados “fundamentos jurídicos”) Lo que pides lo pides basándote en una ley. Esto es lo más difícil y aquí es donde más podremos ayudarte desde la Asesoría Jurídica de abogado-enlinea.com. (sio@enfermedades-raras.org)
- Solicitar claramente lo que quieres obtener, lo que estás pidiendo (el llamado, “solicito”)
- Firmar la solicitud o reclamación.
Por último, recordarte que debes quedarte con copia sellada de la reclamación que haces por escrito. Esa copia acreditará que has presentado el escrito y el sello marcará la fecha en que lo has presentado a partir de la cual comienza a contar el plazo de 6 meses en que la Administración, con carácter general, está obligada a contestar.